Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2015-S3
Fecha: 29-Oct-2015
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 011/2015 de 13 de mayo, cursante de fs. 32 a 36 vta., pronunciada por el Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de La Paz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada con relación a la Jueza demandada, conforme los fundamentos del presente fallo, y DENEGAR con referencia al Secretario del mencionado Juzgado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- a verificar por Secretaría de su despacho,
- entre tanto que los secretarios, actuarios y oficiales de diligencias, no tienen facultades jurisdiccionales sino que están obligados a cumplir las órdenes o instrucciones del Juez, emergentes de sus decisiones,
- III.3.
- CONFIRMAR