Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2015-S3
Fecha: 29-Oct-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega como lesionado su derecho a la libertad, por cuanto habiéndosele concedido medidas sustitutivas a la detención preventiva, entre estas la presentación de tres garantes solventes, el Secretario ahora codemandado rechazó a sus garantes, sin explicar el motivo o el sustento legal para ello, aspecto que alega, tuvo origen en la orden emanada por la Jueza hoy demandada, pues esta última habría tomado conocimiento de una denuncia efectuada por sus abogados en su contra dentro de otro caso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- a verificar por Secretaría de su despacho,
- entre tanto que los secretarios, actuarios y oficiales de diligencias, no tienen facultades jurisdiccionales sino que están obligados a cumplir las órdenes o instrucciones del Juez, emergentes de sus decisiones,
- III.3.
- CONFIRMAR