Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2015-S3
Fecha: 29-Oct-2015
III.2. Análisis del caso concreto
En el marco del alcance de la acción de libertad precedentemente referido, corresponde pronunciarnos sobre la problemática que origina la presente acción tutelar, el accionante denuncia que habiendo obtenido medidas sustitutivas a la detención preventiva, entre las cuales figura la presentación de tres garantes, el Secretario codemandado rechazó los garantes presentados sin explicar los motivos o el sustento legal para ello, habiendo emergido dicho rechazo del cumplimiento a una orden de la Jueza hoy demandada, quien habría sido objeto de una denuncia por profesionales pertenecientes a una Firma de Abogados de la cual también sería parte su defensa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- a verificar por Secretaría de su despacho,
- entre tanto que los secretarios, actuarios y oficiales de diligencias, no tienen facultades jurisdiccionales sino que están obligados a cumplir las órdenes o instrucciones del Juez, emergentes de sus decisiones,
- III.3.
- CONFIRMAR