Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1067/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
II.6.
II.6. A través de CITE IAT-227/2014 de 8 de diciembre, la parte accionante, representó e impugnó ilegal la declaratoria desierta en el proceso de contratación ANH-DTIC-ANPE-B-C-N° 094/2014-1C “Adquisición de TAGS para el Etiquetado y reposición para el Proyecto B-SISA - Primera Convocatoria”, alegando la modificación de los plazos establecidos en el DBC (fs. 69 a 76).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en el ámbito de la actividad administrativa
- y es que el debido proceso es aplicable a todas la personas que se encuentren en proceso
- III.2. Finalidad de los actos de comunicación
- el DBC para la Adquisición de TAGS para el Etiquetado y Reposición para el Proyecto B-SISA, primera convocatoria, con Código Interno ANH-DTIC-ANPE-B-C N° 094/2014-1C y CUCE 14-0207-04-513491-1-1,
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Otras consideraciones