SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1068/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1068/2015-S1

Fecha: 03-Nov-2015

1)

Juan Carlos Candía Saavedra y Carlos Alberto Eguez Añez, Vocales de Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, presentaron informe cursante de fs. 21 a 23 vta., a través del cual refirieron que: 1) El accionante indicó que no fueron sometidos a peritaje los documentos base del proceso, al respecto, tomaron en cuenta que dentro de la etapa investigativa se disiparía esa interrogante, donde las partes debieron producir las pruebas pertinentes y no así en una apelación incidental de extinción de la acción penal por prescripción; 2) Si bien emitieron diferentes Autos en asuntos símiles, cada caso es distinto y para la procedencia de la extinción de la acción penal, se tomó en cuenta el delito y la pena; 3) Realizaron la ponderación en cuanto a dos delitos, falsedad material e ideológica, y sobre el uso de instrumento falsificado el Juez a quo, olvidó individualizar dicho delito, catalogándole a la fecha de los testimonios y no así como lo pidió el Ministerio Público, encontrándose en proceso investigativo, el cual determinaría cuándo se usó el documento supuestamente falsificado y poder determinar con certeza el cómputo de la prescripción; y, 4) El Ministerio Público, tuvo razón cuando indicó que no podía determinar el cálculo del supuesto delito de uso de instrumento falsificado, lo que no tomó en cuenta el Juez a quo, y que de manera objetiva evidenciaron al emitir el Auto de Vista, señalando que no hubo un parámetro sobre la finalización del uso del instrumento falsificado, por lo que dieron por procedente en parte el recurso de apelación incidental.