Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2015-S1
Fecha: 05-Nov-2015
II.4.
II.4. Por Certificación 527/15 de 23 de marzo de 2015, el Jefe de Catastro Multifinalitario, dependiente de la Dirección de Administración Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, previa inspección realizada junto al accionante, estableció que revisados los archivos de la Unidad Técnica así como el folio real 1.01.1.99.0052819, el correspondiente predio se halla en el distrito catastral El Morro. Asimismo, se indicó que dicho predio constaba de 234,50 m² y se hallaba emplazado en área verde, en el loteamiento a nombre de Francisco Zarcillo, aprobado por el plan regulador el 19 de junio de 1985 (fs. 16).
- acción de amparo
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3. Audiencia y Resolución del Tribunal de Garantías
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del derecho al debido proceso
- III.3. Del derecho de propiedad privada
- III.4. El derecho al acceso a la justicia afectado por las medidas de hecho
- III.5. Ninguna autoridad municipal puede adoptar medidas de hecho asumiendo la titularidad del derecho propietario
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR