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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1106/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1106/2015-S2

    Fecha: 03-Nov-2015

    I.2.3. Intervención del tercer interesado

    José Carlos Sánchez Berzain, abogado del tercer interesado Freddy Augusto Mendoza Guilarte, en audiencia, manifestó que las autoridades demandadas aplicaron eficazmente los arts. 90 y 227 del CPC, que disponen que los recursos de apelación deben plantearse fundamentando el agravio sufrido, en concordancia con los arts. 15.V y 180.I y II de la CPE, que protegen la legalidad y el debido proceso, por lo que pide denegar la tutela.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • 1)
    • I.2.3. Intervención del tercer interesado
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III.
    • III.1.    El resguardo de los derechos fundamentales a través de la acción de amparo constitucional
    • III.2.
    • III.3.
    • Fragmento 18
    • III.3.1.
    • negativa indebida
    • Fragmento 21

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