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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1106/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1106/2015-S2

    Fecha: 03-Nov-2015

    II.3.

    II.3.  Por Auto de 7 de noviembre de 2014, el Juez de la causa -en respuesta al recurso de apelación- dispuso que el apelante se encuentra obligado inevitablemente a indicar con claridad y precisión en qué medida y forma le es gravosa dicha resolución, detallando omisiones y errores incurridos y que fijan la competencia del tribunal de alzada y dado que no cumplió con establecer la expresión de agravios en relación al Auto de 21 de mayo de 2014, declaró su ejecutoria (fs. 22).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • 1)
    • I.2.3. Intervención del tercer interesado
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III.
    • III.1.    El resguardo de los derechos fundamentales a través de la acción de amparo constitucional
    • III.2.
    • III.3.
    • Fragmento 18
    • III.3.1.
    • negativa indebida
    • Fragmento 21

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