SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1106/2015-S2
Fecha: 03-Nov-2015
II.2.
II.2. Contra el Auto citado, el 17 de junio del mismo año, el accionante presentó recurso de apelación exponiendo que el Juez de primera instancia: i) Convalidó los antecedentes referidos a supuestas acusaciones realizadas por él sobre delitos de falsificación y que fue objeto de acta de conciliación; ii) Que sobre los hechos indicados, no consideró la identidad del objeto puesto que la demanda penal versó sobre una supuesta falsificación de facturas en tanto que el proceso versa sobre la nulidad de documentos públicos de transferencia de bienes inmuebles; y, iii) En la misma forma, tampoco advirtió que no existe identidad de sujetos, pues en el caso de autos existe pluralidad de demandados, observación puntual en relación a la excepción de cosa juzgada donde debe existir identidad de objeto, sujeto y causa (fs. 18 a 19 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1. El resguardo de los derechos fundamentales a través de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3.
- Fragmento 18
- III.3.1.
- negativa indebida
- Fragmento 21