Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1124/2015-S2
Fecha: 06-Nov-2015
acción de libertad
En revisión la Resolución 28/2015 de 20 de mayo, cursante de fs. 69 a 73, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por en representación sin mandato de Marcelo Isaac Urbach Treiger contra Elías Fernando Ganam Cortez y Virginia Janeth Crespo Ibáñez, Vocales de la Sala Penal Segunda y Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, Claudio Torrez Fernández, Presidente del Tribunal Séptimo de Sentencia Penal del mismo departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Declaratoria de rebeldía y posibilidad del imputado o procesado de justificar ausencia al acto convocado
- III.3.
- 'en los casos de desobediencia a las resoluciones dictadas en recursos de hábeas corpus, así como en los de amparo constitucional, no corresponde la deducción de otro recurso extraordinario, sino que se debe acudir al Tribunal que conoció el recurso y que dio origen a la Sentencia, que será ante el cual se solicitará se haga cumplir el fallo constitucional y para el caso de resistencia o incumplimiento, pedir la remisión de antecedentes al Ministerio Público para el procesamiento penal de los demandados por la comisión del delito previsto en el art. 179-bis del Código Penal (CP)
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Respecto a la Sala Penal Segunda
- III.4.2. Respecto al Presidente del Tribunal Séptimo de Sentencia Penal
- CONFIRMAR en todo