SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1124/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1124/2015-S2

Fecha: 06-Nov-2015

denegó

La Jueza Séptima de Sentencia Penal y Partido Liquidador del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, pronunció la Resolución 28/2015 de 20 de mayo, cursante de fs. 69 a 73, por la que, denegó la tutela solicitada. Decisión sustentada en base a los siguientes fundamentos: i) El mandamiento de aprehensión contra el declarado rebelde, catalizando la detención del imputado fue a efectos de asegurar su comparecencia del mismo en el proceso, detención que tiene un carácter preventivo, provisional y no sancionatorio; ii) La aprehensión ordenada por autoridad competente a causa de inasistencia ante el llamado judicial tiene por objetivo garantizar los derechos justiciables, ya que no se puede premiar la inasistencia a las audiencias y la omisión a sus deberes con la suspensión indefinida de estas; iii) Toda vez que se le ha concedido detención domiciliaria, el accionante no ha respetado esta determinación, habiendo sido aprehendido en lugares en los cuales el no debería encontrarse, debiendo cumplirse previamente ciertas formalidades que la ley exige para poder salir de su domicilio; y, iv) La autoridad demandada solo hizo cumplir la detención preventiva que habría sido dispuesta por el mencionado Juzgado Tercero de Instrucción, cumpliendo lo dispuesto por la Resolución 77/2014 de 15 de mayo, emitido por la Sala Penal Segunda, que confirma la Resolución 111/2012 de 13 de noviembre, que confirma su detención preventiva.