Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1140/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Celebrada la audiencia pública, el 21 de mayo de 2015, según consta en el acta cursante de fs. 438 a 455 vta., presente la parte accionante, la demandada; y, los terceros interesados: Omar Pereira en representación legal de María del Carmen Vargas Tapia, Directora Departamental de Educación de Chuquisaca; Justo López Maldonado, Director de Educación de la provincia Hernando Siles y Nelly Lanuza Fernández, Directora del Colegio Lucio Siles Morales, se produjeron los siguientes actuados:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- quien acude a esta vía extraordinaria, debe acreditar su titularidad respecto de los derechos cuya tutela solicita
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1.
- III.2.2.
- CONFIRMAR