SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1140/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1140/2015-S3

Fecha: 16-Nov-2015

II.5.

II.5.  Mediante edicto de 24 de noviembre de 2014, se citó, emplazó y notificó a Mary Salazar de Valdiviezo -hoy coaccionante-, para que proceda a retirar el alambrado del lote de terreno en cuestión (fs. 69). Contra tal edicto, la nombrada planteó oposición, alegando derecho propietario y posesión legal; y, pidiendo se deje sin efecto la conminatoria hasta que se resuelva el conflicto suscitado por la vía legal correspondiente (fs. 70 y vta.);  tal petición, fue contestada mediante documento de 16 de diciembre del citado año, por el entonces Alcalde Municipal, refiriendo que la coaccionante carece de legitimación para oponerse a actos de disposición del inmueble por parte del Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo y se dirija al ente municipal emisor de la Ley Municipal (fs. 71).