Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1147/2015-S2
Fecha: 23-Nov-2015
Fragmento 21
Respecto a la procedencia de este mecanismo tutelar, se tiene que, en el presente caso no se presentan los tres elementos constitutivos que hacen a la acción de cumplimiento y que fueron desarrollados en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo; pues, si bien se ha identificado a la autoridad demandada como funcionario público (Registrador de DD.RR. de Cochabamba), que es el último de los elementos; no se cumplieron las reglas previstas por los otros dos, referidos tanto a la conducta que da lugar a la procedencia de la acción como al objeto incumplido.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- III.1. La acción de cumplimiento y sus alcances
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- CONFIRMAR en todo