SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1159/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1159/2015-S2

Fecha: 10-Nov-2015

Fragmento 31

             Respecto a las actuaciones de las autoridades detalladas todos del primer párrafo de los Fundamentos Jurídicos del presente fallo constitucional plurinacional; se evidencia que, el accionante denuncia cuestiones vinculadas con el debido proceso, que no tienen incidencia alguna en la restricción de su derecho a la libertad, al impugnar aspectos como el no existir número de caso en una de las imputaciones; el haber prestado una sola declaración informativa para las dos causas penales; no haberse cumplido con la emisión de las imputaciones y requerimientos conclusivos dentro de plazo, de acuerdo a la SCP 1128/2013; el no tener número de denuncia la carátula que cursa en el cuaderno procesal del Juzgado Primero de Instrucción Anticorrupción y Violencia contra la Mujer; no constar la firma ni sello de la Secretaria del Juzgado, en la Resolución “56/2015”, que definió su detención preventiva, ni del Oficial de Diligencias en las notificaciones; y que, el cuaderno de control cursante en el Juzgado Tercero cautelar, tenía otro nombre, no así el del impetrante de tutela, estando su nombre subrayado con marcador negro.