SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1160/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1160/2015-S3

Fecha: 16-Nov-2015

Fragmento 15

         La accionante a través de su representante señala en su demanda de acción de libertad que: i) El Director del Hospital Guaracachi y el Administrador Departamental, ambos de la CPS de Santa Cruz, hicieron caso omiso a su solicitud de traslado de la Clínica hoy demandada a ese Hospital tomando en cuenta que es asegurada en la mencionada Caja, así como también no se pronunciaron respecto a su petición de hacerse cargo de la deuda adquirida en dicha Clínica por el servicio de salud prestado; y, ii) El Director de la Clínica demandada no le permite el traslado a la citada Caja, mientras no cancele la totalidad de la deuda; aspectos por los que, solicita la tutela de los derechos invocados en esta acción tutelar.