Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1160/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
II.5.
II.5. A través del Estado de Cuenta de 27 de mayo de 2015, elaborado por la Clínica ahora demandada respecto a los servicios médicos prestados a la hoy accionante hasta la fecha de presentación de esta acción de libertad, arrojando una deuda de Bs117 162,51.- (ciento diecisiete mil ciento sesenta y dos 51/100 bolivianos), habiéndose hecho el descuento de los depósitos efectuados por la suma de Bs45 810.- (fs. 23).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- Fragmento 8
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- Fragmento 12
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Con relación a la problemática identificada en el parágrafo primero,
- respecto a la problemática identificada en el parágrafo segundo
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR