SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1174/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1174/2015-S3

Fecha: 16-Nov-2015

iv)

                                     iv)              “…en el caso de marras es menester dejar claramente establecido que la falta disciplinaria que se acusa de ser cometida (…) es la prevista en el art. 187 numeral 14) de la Ley Nº 025, la cual a la letra dice: ‘Omitir, negar o retardar indebidamente la tramitación de los asuntos a su cargo o la prestación del servicio a que están obligados´, por lo que este tribunal de cierre considera totalmente evidente los agravios expresados por la recurrente en el punto primero del medio impugnaticio…” (sic);