SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1197/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1197/2015-S1

Fecha: 16-Nov-2015

no se notificó con el decreto que fijó nueva audiencia de declaración informativa

Con relación a problemática invocada por el accionante, conforme a los antecedentes que informan el caso, se establece que las lesión reclamada, se origina en la falta de notificación con el decreto del Fiscal de Materia demandado, que fijó nueva audiencia para su declaración informativa, efectuó que provocó que sea aprehendido por desobediencia a la citación prevista en el art. 224 del CPP, en este sentido, si bien se verificó la existencia de una citación para el 21 de abril de 2015 (Conclusión II.1); sin embargo, tras la solicitud del propio accionante, se suspendió la misma para el 4 de mayo de igual año; empero tal cual refirió el abogado del accionante en audiencia, (refiriéndose al Fiscal demandado) “confiados en que el doctor había accedido” (sic), ni el accionante, ni el jurista tuvieron la prudencia de constatar si efectivamente se accedió a su solicitud o si se había librado el mandamiento de aprehensión en su contra (consecuencia legal y lógica de la desobediencia), de manera que existió negligencia en su comportamiento; empero, dicha dejadez por parte del accionante y su abogado, no se constituyen en una causal que legalmente haya facultado al Fiscal de Materia para omitir la citación para la nueva audiencia, pues conforme se tiene de los actuados, no se notificó con el decreto que fijó nueva audiencia de declaración informativa; y por ende, Néstor Julian Carpio Chipana no asumió conocimiento del día y hora en el que debía presentarse ante el Fiscal demandado, aspecto que lejos de ser desvirtuado en audiencia, fue confirmado por la referida autoridad, que señaló que era obligación del imputado (ahora accionante), presentarse a efectos de ser notificado, aseveración que basa en conjeturas suyas pues como se ha dicho, no señaló ningún asidero legal que respalde dicha posición.