DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2015

Fecha: 16-Dic-2015

“Artículo 50º (Ausencia, renuncia, reemplazo, destitución del (la) Alcalde (sa)). I

“Artículo 50º (Ausencia, renuncia, reemplazo, destitución del (la) Alcalde (sa)). I. El Alcalde o la Alcaldesa no pueden ausentarse del Municipio por más de cinco (5) días hábiles sin previa autorización del Concejo Municipal. Si este se encuentra en receso, se le da cuenta oportunamente. En cualquier caso de ausencia se aplica el orden establecido para el caso de acefalia.