SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1200/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 29/2015 de 3 de junio, cursante de fs. 111 a 113 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por German Huanca Ticona contra Waldo Albarracín Sánchez, Rector; Alberto Arce Tejada, Secretario General; Silverio Chávez Ríos, Presidente; René Terán Céspedes, Eddy Ledezma Lord, Lizeth Moscoso Calani, Claudio Quenta Callisaya, miembros de la Comisión Universitaria de Procesos Sala de Apelación; Oscar Jesús Sandoval Morón, Presidente; Gilka Averanga Rodríguez, Luis Medina Rivero, representantes Docentes, Ariel Mamani Borja e Iván Ángel Torrez Colorado, representantes Estudiantiles; y, Richard Osuna Ortega, Asesor Legal, miembros de la Comisión Universitaria de Procesos; todos de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del cumplimiento de la motivación y fundamentación en las resoluciones como parte del debido proceso
- precisar que toda resolución ya sea jurisdiccional o administrativa, con la finalidad de garantizar el derecho a la motivación como elemento configurativo del debido proceso debe contener los siguientes aspectos a saber
- a) Resolución de todas las pretensiones oportunamente deducidas
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.4. Otras consideraciones
- 2º