Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1200/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
II.2.
II.2. El 26 de septiembre de 2014, el accionante formuló recurso de apelación contra la Resolución 003/2014, observando aspectos procesales como el incumplimiento de plazos procesales, falta de motivación y fundamentación, ilegalidades en la asignación de sorteo y falta de valoración en la prueba, pidiendo en el “OTROSÍ PRIMERO” se declare la extinción del proceso disciplinario por caducidad, en aplicación del art. 79 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA) (fs. 3 a 7 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del cumplimiento de la motivación y fundamentación en las resoluciones como parte del debido proceso
- precisar que toda resolución ya sea jurisdiccional o administrativa, con la finalidad de garantizar el derecho a la motivación como elemento configurativo del debido proceso debe contener los siguientes aspectos a saber
- a) Resolución de todas las pretensiones oportunamente deducidas
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.4. Otras consideraciones
- 2º