Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1200/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
II.1.
II.1. Por Resolución 003/2014 de 17 de septiembre, la Comisión Universitaria de Procesos Sala II de la UMSA, determinó suspender por tres meses al docente Germán Huanca Ticona -ahora accionante-, en cumplimiento al art. 45 inc. b) del Reglamento de Procesos Universitarios de la referida Universidad, al haber incurrido en las faltas previstas en los arts. 23 inc. a) y 24 incs. b) y c) del señalado Reglamento (fs. 1 a 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del cumplimiento de la motivación y fundamentación en las resoluciones como parte del debido proceso
- precisar que toda resolución ya sea jurisdiccional o administrativa, con la finalidad de garantizar el derecho a la motivación como elemento configurativo del debido proceso debe contener los siguientes aspectos a saber
- a) Resolución de todas las pretensiones oportunamente deducidas
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.4. Otras consideraciones
- 2º