Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1259/2015-S1
Fecha: 14-Dic-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 11/2015 de 29 de julio, cursante de fs. 241 a 250, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Julio Cesar y Marco Luis Moya Chanez contra José Luis Lenz Mamani y Ernesto Félix Mur, Vocales de la Sala Penal Primera y Segunda, respectivamente del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; y, María Candelaria Peñarrieta Vargas, Jueza Técnica del Tribunal Tercero de Sentencia Penal del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 15
- III.2. Sobre la fundamentación en las resoluciones
- cabe señalar que la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo
- III.3. Revisión de la labor interpretativa de otras instancias jurisdiccionales
- Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad
- CONFIRMAR