Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2015-S3
Fecha: 23-Dic-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Los accionantes a través de su representante denuncian la lesión de sus derechos a la defensa, a la igualdad, al debido proceso, al acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva, presunción de inocencia, al recurso efectivo, a la propiedad, a ser oído y procesado para la determinación de derechos y obligaciones, citando al efecto los arts. 115, 116.I y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE), 8, 10 y 11.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 2.3 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y, 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Jurisprudencia referida a la revisión de la actividad desplegada por otras jurisdicciones
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- no puede realizar una nueva valoración de la prueba sobre la problemática de fondo que motivó la decisión judicial o administrativa impugnada
- CONFIRMAR