SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2015-S3

Fecha: 23-Dic-2015

II.1.

II.1.  En el proceso ordinario doble sobre reivindicación, más el pago de daños y perjuicios interpuesta por Raúl Armando Alborta Arce y reconvención por usucapión opuesta por Elizabeth Cristina Vega Linares, Víctor Hugo Saavedra Saavedra -hoy accionantes- y Sebastián Vega Saavedra, el Juez Decimosegundo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba, por Sentencia 044/11 de 19 de noviembre de 2011, declaró probada la demanda e improbada la acción reconvencional, ordenando la reivindicación del lote de terreno signado con el número 24, ubicado entre las calles Diego Almagro y Hernando Magallanes, manzana 947 y demás características a la parte actora, en relación a la calificación de daños y perjuicios; y, que las mismas sean averiguables en ejecución de fallos (fs. 518 a 526).