Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1353/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
II.4.
II.4. Mediante providencia de 26 de junio de 2012, el Tribunal Disciplinario Superior, ordenó que se proceda a la reposición del expediente relativo al proceso disciplinario seguido contra Elvis Demetrio Pancata Sebastián, hoy accionante; por su parte el Tribunal Disciplinario Departamental de La Paz, a través del decreto de 25 de julio de 2014, también dispuso que se proceda a la reposición en dicha instancia y por Auto de 28 de octubre de 2014, ordenó la reposición de obrados (77 a 79).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- 1)
- III.1. Sobre la fundamentación, motivación y congruencia como componentes del debido proceso
- la arbitrariedad puede estar expresada en: b.1) una decisión sin motivación, o extiendo esta es b.2) una motivación arbitraria; o en su caso, b.3) una motivación insuficiente»; desarrollando más adelante, el contenido de cada una de ellas.
- b.3) De otro lado, cuando una resolución no justifica las razones por las cuales omite o se abstiene de pronunciar sobre ciertos temas o problemas jurídicos planteados por las partes, se está ante una motivación insuficiente».
- III.2. Análisis del caso en concreto.
- REVOCAR en todo