SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1359/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
El abogado de los terceros interesados, manifestó que el accionante pretende a través de la acción de amparo constitucional evadir el cumplimiento de la Resolución de cierre del proceso penal, emitido por las autoridades hoy demandadas; al ser campesinos y de la tercera edad, se está pretendiendo vulnerar sus derechos con este actuar; puesto que uno de ellos presentó una acción de amparo constitucional que fue denegada por el Tribunal de garantías; un auto de vista no causa estado, ya que puede ser modificado a través del recurso de casación, por lo que el Tribunal de garantías no puede dejar sin efecto dicha Resolución; por otra parte, el Auto Supremo 513/2014-RRC, de manera fundamentada ha resuelto el recurso interpuesto, no habiéndose vulnerado los derechos del accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- exponer los motivos que sustentan su decisión,
- III.2. Respecto a la jurisprudencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2)
- b)
- es corroborada por la disidencia de dos jueces ciudadanos
- REVOCAR en todo