Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1359/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
II.11.
II.11. La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, a través del Auto Supremo 252/2013-RA, declararon admisible el recurso de casación, interpuesto por Zenón Cruz Guerrero y otros (fs. 79 a 81), emitiendo el Auto Supremo 308/2013-RRC de 22 de noviembre, a través de cual dejó sin efecto el Auto de Vista 73 y el Auto Complementario 92 de 19 de junio de 2013, disponiendo que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, previo sorteo y sin espera de turno pronuncie nueva resolución de acuerdo con la doctrina legal establecida (fs. 82 a 91).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- exponer los motivos que sustentan su decisión,
- III.2. Respecto a la jurisprudencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2)
- b)
- es corroborada por la disidencia de dos jueces ciudadanos
- REVOCAR en todo