SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1394/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1394/2015-S2

Fecha: 23-Dic-2015

III.1. Del instituto procesal de la cosa juzgada y su vinculación con la identidad de sujetos, objeto y causa, como causales de denegatoria de la acción de amparo constitucional, sin efectuar estudio de fondo sobre la temática puesta a consideración de la jurisdicción constitucional

Respecto a la identidad de sujetos, objeto y causa en la interposición de dos acciones constitucionales; la SC 0328/2010-R de 15 de junio, estableció: Desglosando sus alcances, se debe tener en cuenta que para ello: ‘…debe existir necesariamente la concurrencia de las tres identidades indicadas; es decir: a)de sujetos: que sean las mismas personas que presentan el recurso y lo dirigen contra la misma autoridad o personas particulares contra las que recurrieron antes; b)de causa: que el motivo (acto o resolución), que da origen al amparo, sea el mismo en ambos casos; y c)de objeto: que el propósito del recurso, sea el mismo tanto en el primer como en el segundo amparo’ (…) (SC 0115/2003-R de 28 de enero).