Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1431/2015-S2
Fecha: 23-Dic-2015
II.2
II.2 Por memorándum GOB/RT/013/2014 de 7 de noviembre, se comunicó a Gershy Alfredo Colque Machicado que en previsión del art. 22 del Reglamento Especifico de Personal de la Gobernación del Departamento de Tarija y en cumplimiento al Programa de Rotación Interna de Personal gestión 2014, se dispuso la rotación al puesto de Profesional Economista del Área de Asesoría General de la Secretaria Departamental de Protección al Patrimonio Cultural Natural, manteniendo su actual nivel salarial, el cual fue recepcionado por el accionante el 10 de octubre de 2014 (fs. 41).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, el recurso debe ser denegado',
- en caso de corregirse o enmendarse cualquier situación fáctica que configure los elementos esenciales de la pretensión del amparo, evidentemente desaparece el objeto de la tutela y por tanto, es plenamente aplicable la
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo