Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015-O
Fecha: 18-Feb-2015
DISPONER
El Tribunal Constitucional Plurinacional; en su Sala Segunda en virtud de jurisdicción y competencia que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 16.II del Código Procesal Constitucional; en merito a los fundamentos expuestos; resuelve: DISPONER que las partes en conflicto, diluciden la situación jurídica del bien inmueble ubicado en la calle Sucre y Av. Senador Aramayo de la Ciudad de Tupiza, en la jurisdicción ordinaria.
- Hernán Valdiviezo López
- a)
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Sobre los límites de la jurisdicción constitucional
- Tribunal Constitucional Plurinacional está concebido como un órgano jurisdiccional especializado, reservado únicamente a impartir justicia constitucional e independiente, que tiene como objetivos velar por la supremacía de la Constitución Política del Estado, ejercer el control de constitucionalidad y precautelar el respeto y la vigencia de los derechos y garantías constitucionales, tal cual lo establece el art. 196.I de la CPE; consecuentemente,
- III.2
- Fragmento 14
- DISPONER