Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2015-O
Fecha: 18-Feb-2015
II.2.
II.2. En fase de ejecución de la citada SCP 2176/2013, y ante la denuncia por incumplimiento por el accionante, se emitió el ACP 0033/2014-O de 13 de noviembre, declarando a lugar la queja, disponiéndose que la Jueza de Instrucción Mixta y Cautelar de Tupiza, en el plazo máximo de cinco días, adopte la medidas jurisdiccionales pertinentes y necesarias a objeto de dar cumplimiento material a la referida Sentencia Constitucional (fs. 202 a 210).
- Hernán Valdiviezo López
- a)
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Sobre los límites de la jurisdicción constitucional
- Tribunal Constitucional Plurinacional está concebido como un órgano jurisdiccional especializado, reservado únicamente a impartir justicia constitucional e independiente, que tiene como objetivos velar por la supremacía de la Constitución Política del Estado, ejercer el control de constitucionalidad y precautelar el respeto y la vigencia de los derechos y garantías constitucionales, tal cual lo establece el art. 196.I de la CPE; consecuentemente,
- III.2
- Fragmento 14
- DISPONER