DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2015

Fecha: 23-Feb-2015

Control previo de constitucionalidad:

El texto modificado del actual art. 47 ya no establece que la Asamblea Legislativa Departamental es el primer órgano del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, y se remite a establecer sus facultades y competencias, por lo que el texto analizado es compatible con la Constitución Política del Estado.

El texto del numeral 10 del actual art. 57, ha sido modificado remitiendo la autorización al Órgano Ejecutivo para la tramitación de contratación de empréstitos en el marco constitucional, lo que precisamente advierte el entendimiento de la DCP 0009/2014 sobre este punto, por lo cual, el contenido analizado es compatible con el texto de la Ley Fundamental.