DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2015

Fecha: 23-Feb-2015

sujeción

Bajo ese marco constitucional y legal, el estatuto autonómico departamental, solo puede establecer un mandato de sujeción a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado respecto a las formas de democracia y no reconocerlas, dado que las mismas ya se encuentran reconocidas en el texto constitucional, por cuanto, no son optativas sino imperativas. En ese sentido, entendiendo que lo correcto es que se asuma las respectivas formas de democracia, corresponde declarar la incompatibilidad de la frase “reconoce”.