DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2015

Fecha: 23-Feb-2015

El texto original decía:

“El territorio departamental limita al Norte con el Departamento de Chuquisaca, al Sur con la República Argentina, al Oeste con el Departamento de Potosí y Chuquisaca y al Este con la República del Paraguay, es perpetuo e inalienable; organizado territorialmente conforme a la Constitución Política del Estado y las leyes”.

“Se reconoce al Comité Pro Intereses del Departamento de Tarija, Comités Cívicos Regionales y Provinciales, Organizaciones Sociales, Indígenas y Campesinas del Departamento de Tarija. Sus estructuras y funcionamiento se rigen por sus propias normativas internas vigentes y de acuerdo a sus usos y costumbres”.

“La Asamblea Legislativa Departamental, como primer órgano del Gobierno Autónomo del Departamento de Tarija ejerce la facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa en el ámbito de sus competencias, y constituye el espacio institucional donde se expresa la democracia, el pluralismo y el debate político”.

“La autonomía indígena originaria campesina consiste en el autogobierno como ejercicio de la libre determinación de las naciones y los pueblos indígena originario campesinos, cuya población comparte territorio, cultura, historia, lenguas, y organización o instituciones jurídicas, políticas, sociales y económicas propias”.