Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2015-S3
Fecha: 02-Feb-2015
II.5.
II.5. Acción de amparo constitucional planteado el 19 de mayo de 2010, por Rosario Margoth Ardaya Melgar contra Diego Roca Rojas, Edwin y Benjamín Jare Callaú; y, Dominga Callaú, denunciando avasallamiento de sus terrenos, misma que fue denegada (fs. 65 a 69) -siendo aprobada por SCP 0719/2012 de 13 de agosto-.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- salvo se demuestre necesidad de tutela inmediata ante la justicia constitucional
- exponiendo el motivo de su intervención y demostrando la existencia de un interés legítimo
- el elemento central que determina la concesión de la protección es la presencia misma de las medidas de hecho independientemente de la identificación de sus autores
- ii)
- CONFIRMAR