Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0060/2015-S2
Fecha: 03-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la vida, salud, inamovilidad laboral y petición, en razón que las autoridades demandadas no ampliaron la vigencia de su contrato en la función de Supervisor Jurídico del SEGIP, no obstante de tener conocimiento que tiene un hijo menor a un año, y a pesar de haber acudido ante la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social, donde se conminó que se la reincorpore, en la función que desempeñaba, el pago de los sueldos devengados y la reposición de todo sus derechos laborales de forma inmediata, no cumplieron con lo dispuesto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Inamovilidad laboral de la madre en estado de gestación y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad
- Fragmento 16
- hubiere quedado sin efecto antes de la notificación con el amparo al que hubiere dado lugar, vale decir, que si bien se produjo la lesión, ésta se reparó de motu proprio del legitimado pasivo' (entendimiento asumido también en la SC 1804/2011-R de 7 de noviembre)
- III.4
- Fragmento 19
- CONFIRMAR en todo