Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2015-S1
Fecha: 10-Feb-2015
I.1.3. Petitorio
Solicita se le otorgue la tutela y deliberando en el fondo, se determine la nulidad del registro de carácter de “fallecida” en la base de datos del padrón electoral o partida de defunción, y, “la restitución de mi derecho de tener mi partida de nacimiento como persona viva, a objeto de que pueda proceder a la renovación de mi cédula de identidad en el SEGIP” (sic).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho a la dignidad
- el derecho a la dignidad
- La dignidad humana es inherente a la condición misma del ser humano, lleva en sí la obligatoriedad del respeto al ser humano como un ser pleno de derechos.
- sólo podemos apreciar su vulneración, la que se concreta cuando se perturba, amenaza o priva de los derechos esenciales a la persona, o se denigra o humilla, cada vez que se discrimina
- III.3. Derecho a la identidad
- “9 (DERECHO AL NOMBRE)
- III.4. Análisis del caso concreto
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