Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2015-S1
Fecha: 10-Feb-2015
II.4.
II.4. Por providencia de 13 enero de 2014, la Jueza Décima Segunda de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz, rechazó la demanda presentada por Verónica Castro Chávez, aduciendo que la Ley del Órgano Electoral Plurinacional, dispone el conocimiento de estos trámites en la vía administrativa (fs. 32).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho a la dignidad
- el derecho a la dignidad
- La dignidad humana es inherente a la condición misma del ser humano, lleva en sí la obligatoriedad del respeto al ser humano como un ser pleno de derechos.
- sólo podemos apreciar su vulneración, la que se concreta cuando se perturba, amenaza o priva de los derechos esenciales a la persona, o se denigra o humilla, cada vez que se discrimina
- III.3. Derecho a la identidad
- “9 (DERECHO AL NOMBRE)
- III.4. Análisis del caso concreto
- 3°