Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0081/2015-S2
Fecha: 03-Feb-2015
II.5.
II.5. Mediante nota de 30 de noviembre de 2011, Jimmy Edgar Andrade Siles, solicitó a Jaime Paz Morales Poveda, Director Nacional de Personal de la Policía Boliviana, le certifique y/o informe sobre la disposición que sustentaba la emisión de su boleta de pago que desde agosto salía con saldo cero (fs. 107).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. I
- cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo