Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0096/2015-S2
Fecha: 12-Feb-2015
II.1.
II.1. Por Resolución de 17 de mayo de 2008, la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba, ante la apelación restringida presentada por las ahora accionantes, debido a la Sentencia condenatoria emitida en su contra por el Juez Cuarto de Sentencia Penal; decidió declarar procedentes los recursos de apelación restringida presentados; por consiguiente, anular la Sentencia apelada y ordenar la reposición del juicio por otro Juez de Sentencia Penal (fs. 576 a 580 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Improcedencia de la acción de amparo constitucional frente a actos consentidos libre y expresamente
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo