Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0096/2015-S2
Fecha: 12-Feb-2015
II.3.
II.3. Dando cumplimiento a la citada determinación, la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, emitió el Auto de Vista 11 de 9 de enero de 2013; en el que, declaró improcedentes los recursos de apelación restringida interpuestos por las ahora accionantes; consecuentemente, confirmó en todos sus extremos la Sentencia apelada (fs. 624 a 627 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Improcedencia de la acción de amparo constitucional frente a actos consentidos libre y expresamente
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo