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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2015-S1

    Fecha: 13-Feb-2015

    Artículo 86.- El Acto Eleccionario como Deber y Derecho de los Socios:

               Artículo 86.- El Acto Eleccionario como Deber y Derecho de los Socios: Todos los socios tienen la obligación y el derecho de participar en la gestión de la Cooperativa, sea mediante la emisión del voto a través de la participación en una lista de candidatos de acuerdo al presente Estatuto y del Reglamento de Elecciones vigente.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • I.2.3. Intervención del tercero interesado
    • I.2.4. Intervención del Ministerio Público
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • Artículo 86.- El Acto Eleccionario como Deber y Derecho de los Socios:
    • Artículo 87.- Preparación y Realización del Acto eleccionario:
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • La elección de sus autoridades de administración y vigilancia será realizada de acuerdo a sus propias normas estatutarias y supervisadas por el Órgano Electoral Plurinacional. Su organización y funcionamiento serán regulados por la ley
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • siempre y cuando los Estados Financieros de su gestión hayan sido aprobados por la Asamblea Ordinaria de Socios de COSETT LTDA. Ltda.
    • Fragmento 18

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