SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2015-S1

Fecha: 13-Feb-2015

II.1.

II.1.  Por Convocatoria a Elecciones 2014, publicada en el periódico “El País”, de la ciudad de Tarija de 4 de junio del referido año, se evidencia que el Comité de Nominaciones de COSETT Ltda., convocó a la renovación parcial de los Consejeros de Administración y Vigilancia de esa Cooperativa, determinando entre los documentos habilitantes según el punto 3.5 de la misma, la presentación de “Certificado de Gerencia General de COSETT en el cual avale que el postulante no tiene juicio o cargos pendientes con COSETT, como ser informes de auditoría interna o externa, informes de gestión y/o financieros, o algún otro tipo de informe en los que haya recaído cuestionamiento a sus manejos administrativos” (sic), determinando que: 1) El mencionado Comité recibirá las postulaciones desde el 7 al 10 de junio del referido año; 2) Las candidaturas presentadas en sobre cerrado serán revisadas e impugnadas u observadas el 11 y 12 de junio 2014, notificando a los afectados el 13 del mismo mes y año; y, 3) Las candidaturas observadas podrán ser impugnadas en el plazo de setenta y dos horas, “es decir los días 14, 16 y 17”, a los efectos de que el Comité de Nominaciones emita la resolución respectiva (fs. 12).