SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2015-S2

Fecha: 20-Feb-2015

Fragmento 2

Fue contratado por la Empresa Cochabambina de Gas (EMCOGAS) S.A.M., realizando labores como Jefe del Departamento de Contabilidad, desde el 1 de agosto de 1994, hasta el 19 de julio de 2009; posteriormente, dicha empresa fue sustituida por la estatal petrolera “YPFB-REDES DE GAS CBBA”, iniciando las actividades laborales de manera inmediata y automática, todos los trabajadores, sin cesar un solo día en su actividad laboral; vale decir que, los contratos fueron sucesivos e inmediatos, terminando como EMCOGAS S.A.M., el 19 de julio de 2009, e iniciando como “YPFB-REDES GAS CBBA” el 20 del mismo mes y año, operándose de esta manera, la sustitución de empleador establecida por el art. 11 de la Ley General del Trabajo (LGT); hecho que no afectó la validez de los contratos existentes anteriormente, según establece el art. 8 del Decreto Supremo (DS) 1592 de 19 de abril de 1949.