SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2015-S1

Fecha: 20-Feb-2015

(Oportunidad y autoridad competente).

Las normas adjetivas penales, tanto de la jurisdicción ordinaria y especial, establecen facultades para que la autoridad encargada de la persecución emita la respectiva citación a fin que el encausado se presente a la autoridad emplazante. En este sentido, en el régimen del proceso penal de la jurisdicción ordinaria, el art. 97 del Código de Procedimiento Penal (CPP), dispone: “(Oportunidad y autoridad competente). Durante la etapa preparatoria, el imputado prestará declaración ante el fiscal, previa citación formal.