SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2015-S1

Fecha: 20-Feb-2015

sin antes emitir una resolución debidamente fundamentada.

Ahora bien, de acuerdo al entendimiento generado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Resolución, el justificativo o la alegación de impedimento legítimo del emplazado, debe ser resuelta mediante resolución debidamente fundamentada, en el que deben ser expuestas las razones y los motivos por los que la autoridad emplazante considera que la inconcurrencia del citado se encuentra injustificada; sin embargo, en la problemática que se examina, el Vocal Relator del Tribunal Permanente de Justicia Militar, decidió librar mandamiento de aprehensión, sin antes emitir una resolución debidamente fundamentada.