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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2015-S3

    Fecha: 20-Feb-2015

    II.6.

    II.6.    El 8 de mayo de 2013, la actual accionante solicitó a Basilio Pérez Gómez, Director Departamental de Educación de La Paz -hoy demandado- su reincorporación como Directora Distrital de Educación de Achocalla (fs. 30); reiterada el 30 de julio de ese año (fs. 33 y vta.); que ocasionó la nota cite: D.D.E.-LPZ 1672/2013 de 7 de agosto, que fijó audiencia para el 9 de ese mes y año (fs. 34).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • i)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • concedió
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • puesto que el incumplimiento referido constituye materialmente una supresión del derecho al trabajo del servidor público
    • REVOCAR

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