Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
1º REVOCAR en parte
1º REVOCAR en parte la Resolución 129 de 30 de abril de 2014, pronunciada por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, cursante de fs. 83 a 85; y en consecuencia CONCEDER la tutela solicitada respecto a Adhemar Fernández Ripalda, Edgar Molina Aponte y Samuel Saucedo Iriarte, Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, únicamente respecto a la falta de fundamentación y motivación del Auto 61 de 25 de septiembre de 2013; ordenándose a los demandados emitir nuevo pronunciamiento sobre la base de los razonamientos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- “IMPROCEDENTE”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones; congruencia y valoración de la prueba
- III.2. P
- II
- 1º REVOCAR en parte